Tribunal de Cuentas
Funciones
Su marco regulatorio está establecido en la Ley Orgánica Municipal Nº 8102.
Los tres miembros de este órgano son elegidos en forma directa en elecciones de autoridades municipales, quienes duran cuatro años en sus funciones, al igual que los tres suplentes
El Tribunal se compone por dos miembros en representación del oficialismo y uno por la primera minoría.
Les corresponde examinar cuentas, gastos e inversión de las rentas municipales, emitir su opinión sobre las mismas y aconsejar las medidas que deberán adoptarse. Asimismo, les compete inspeccionar y auditar las dependencias municipales, adoptando las medidas necesarias para prevenir cualquier irregularidad.
También corresponde al Tribunal de Cuentas, erigirse como ente contralor de gestión de la Ejecución del Presupuesto.
ATENCIÓN
Martes y Jueves, de 8 a 14 hs. 488999
Autoridades
PRESIDENTE
Graciela Mónica Domaica
VICEPRESIDENTE PRIMERO
Daniel Horacio Gjurkan
VICEPRESIDENTE SEGUNDO
Luis Eduardo Carrizo
SECRETARIA
Cintia Moyano