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Tribunal de Cuentas

Funciones
Su marco regulatorio está establecido en la Ley Orgánica Municipal Nº 8102.

Los tres miembros de este órgano son elegidos en forma directa en elecciones de autoridades municipales, quienes duran cuatro años en sus funciones, al igual que los tres suplentes

El Tribunal se compone por dos miembros en representación del oficialismo y uno por la primera minoría.

Les corresponde examinar cuentas, gastos e inversión de las rentas municipales, emitir su opinión sobre las mismas y aconsejar las medidas que deberán adoptarse. Asimismo, les compete inspeccionar y auditar las dependencias municipales, adoptando las medidas necesarias para prevenir cualquier irregularidad.

También corresponde al Tribunal de Cuentas, erigirse como ente contralor de gestión de la Ejecución del Presupuesto.

 

ATENCIÓN

Martes y Jueves, de 8 a 14 hs. 488999

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Autoridades

PRESIDENTE

Graciela Mónica Domaica

VICEPRESIDENTE PRIMERO

Daniel Horacio Gjurkan

VICEPRESIDENTE SEGUNDO

Luis Eduardo Carrizo

SECRETARIA

Cintia Moyano

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