El Concejo Deliberante de la Ciudad aprobó la Ordenanza Nº 1545/2024, que busca regular y promover la oferta de servicios turísticos, respondiendo a las nuevas demandas del sector.
La normativa, en consonancia con las leyes provinciales y ordenanzas municipales vigentes, “se adapta a un escenario que ha evolucionado en los últimos años”, afirma Anabella Astrada, directora de Turismo, y agrega: “La decisión responde a la necesidad de actualizar la legislación local, ya que Unquillo no había adherido a la Ley Provincial Nº 6483/1980, que regula actividades de interés turístico”. En los considerandos, se destaca que la propuesta surge tras el intercambio de ideas e iniciativas generadas entre de prestadores privados de servicios de alojamientos y afines, quienes coordinados por la dirección de Turismo municipal se presentaron ante el Concejo Deliberante acercando un primer borrador, trabajo que culminó en la Ordenanza.
Los Alojamientos Alternativos se definirán como establecimientos que ofrecen servicios de hospedaje en espacios no tradicionales y deberán cumplir con una serie de requisitos, incluyendo la adecuada preparación de habitaciones y la habilitación por parte de la Oficina de Comercio e Industria. Además, se establece la clasificación de los alojamientos por diferentes categorías, tomando en cuenta aspectos como accesibilidad, servicios disponibles y criterios de sostenibilidad.
Con la implementación de esta normativa, la Municipalidad de Unquillo espera fortalecer el sector turístico, atraer visitantes y brindar un respaldo legal a los emprendimientos locales que ya están en funcionamiento.
Por su parte, la Secretaría de Finanzas y Desarrollo Económico será la autoridad encargada de aplicar y coordinar los programas y planes necesarios para el éxito de esta iniciativa.
Para Astrada “la aprobación de la Ordenanza Nº 1545/2024 representa un paso significativo para el crecimiento del turismo en Unquillo, un destino que ha sabido atraer visitantes desde la década de 1940 gracias a sus atractivos naturales y oferta recreativa”.